Sin embargo no es necesario conocer ese recorrido del delito, aun esa fase interna, para comprenderlo mejor. Art. Legitima defensa Putativa: El sujeto cree obrar en legitima defensa por un error esencial invencible de hecho. La autoridad deberá proceder contra el presunto responsable en cuanto se entere de la comisión del delito, de manera que no solo el ofendido puede denunciar la comisión del delito. b) Articulo 239. En el caso en que el sujeto activo del delito sea delincuente primario y tenga, al cometer la infracción, una edad comprendida entre los dieciocho y veinte años, o mayor de sesenta y cinco, los jueces podrán disminuir en un tercio las penas que correspondan, fundando y razonando debidamente su resolución. Tipicidad y su aspecto negativo. Dado el estado de inconciencia temporal en que se encuentra la persona durante el sueño y el sonambulismo. Según esta teoría, la base de la culpabilidad radica en la imperatividad de la ley, dirigida a quienes tienen capacidad para obrar conforme a la norma a fin de que se pueda emitir el juicio de reproche. La tipicidad como elemento del Delito y su ausencia. Es decir, el agente para cometer el hecho delictivo piensa el ilícito y realiza la conducta delictiva, por que su voluntad lleva un fin y este es el ultimo acto que provoca la aparición del delito. La mayor parte de los delitos, se persiguen de oficio, en cuyo caso, no procede el perdón del ofendido. Para a aplicación de las sanciones penales se tendrá en cuenta: I. El código penal federal a diferencia del código mexiquense establece de manera general el trastorno mental y no especifica la sordomudez, aun y cuando esto no implica que no queden comprendidos al igual que los ciegos dentro del ámbito de los inimputables. Para entender el adulterio el incesto y la bigamia se deben conocer que son el Matrimonio, el parentesco y la noción de persona física, asimismo para entender cualquier delito patrimonial se requiere conocer la noción civilista de patrimonio y la clasificación de los bienes. Es la descripción legal de un delito. Asociación: Es un convenio que celebran varios sujetos para cometer un delito con beneficio de todos. También se le llama de la causa próxima o inmediata, considera que de todas las causas, la mas cercana al resultado es la que lo origina. La voluntad implica, sin embargo, siempre una finalidad. La acción debe ser un concepto situado dentro del derecho. En nuestra doctrina es Ecléctica. En esta etapa se estima que el delito y el sujeto son productos de las propias fallas sociales, con influencia de factores de índole diversa (Interna y Externa). Jiménez de Azua critica esta denominación y considera mas apropiada la de dolo con intención ulterior. El derecho penal, en cada figura típica (delito), tutela determinados bienes que considera dignos de ser protegidos. También los que presten auxilio o cooperación de cualquier especie al autor del ilícito, por intervención posterior a su ejecución, siempre que ello sea consecuencia de un concierto previo que le haya dado impulso a la infracción penal. Los Elementos esenciales del delito deben estar presentes para que el mismo se configure; la Antijuricidad, hace imposible la integración del delito. En tercer lugar, ha de existir una relación de causalidad entre esa manifestación de la voluntad del sujeto y el resultado. Artículo 3.- La responsabilidad civil por los hechos de los menores de dieciséis años que cometan infracciones a las leyes penales, sólo podrá ser exigida ante los tribunales civiles con arreglo a las leyes de la materia. Lo prevenido en esta fracción no comprende el caso en que la imputación sea calumniosa o se extienda a personas extrañas al litigio, o envuelva hechos que no se relacionen con el negocio de que se trata. Resulta mas común y también mas exacto, hablar de error de tipo y error de prohibición, en ves de error de hecho y error de derecho. La sanción penal (opcional por pertenecer en todo caso a Derecho Penitenciario). La sanción Penal: se aplica cuando ya se cometió el delito y la medida de seguridad: se puede aplicar aun antes de cometido el delito para prevenir la comisión de delitos. El interés preponderante surge cuando existen dos bienes jurídicos y no se pueden salvar ambos, por lo cual se tiene que sacrificar uno para salvar el otro. Antijuricidad. Se impondrán de un mes a tres años de prisión al que, después de la ejecución del delito y sin haber tenido en éste alguna de las intervenciones señaladas en el artículo 11, ayude en cualquiera forma al responsable a eludir las investigaciones de la autoridad correspondiente o a substraerse a la acción de ésta, u oculte, altere, destruya o haga desaparecer los rastros, pruebas, instrumentos u objetos del delito o asegure para sí, o para el inculpado, el producto del mismo. Artículo 1.- Los infractores menores de 18 años, no podrán ser sometidos a proceso ante las autoridades judiciales sino que quedarán sujetos directamente a los organismos especiales a que se refiere la presente ley, para que previa la investigación y observación necesarias, se dicten las medidas conducentes para su educación y adaptación social, así como para combatir la causa o causas determinantes de su infracción. Es culposo, cuando se comete sin dolo, pero por imprudencia o negligencia. Son los casos en que el agente cree ciertamente (por error esencial de hecho) que esta amparado por una circunstancia justificativa. Internamiento o tratamiento en libertad vigilada de sujetos con. Al igual que todo suceso de la naturaleza, el delito es el resultado de una cadena causal. La Territorialidad: Es cuando la Ley se aplica dentro del territorio de un Estado que la expide. Artículo 19. El peligro es la situación en que se colocan los bienes jurídicos, de la cual deriva la posibilidad de causasion de un daño. Cuando el valor de lo robado no pase del máximo establecido en la fracción I del artículo 235, sea restituido por el responsable espontáneamente y pague los daños y perjuicios dentro de los tres días siguientes al día en que la autoridad lo llame a la investigación y siempre que no se haya ejecutado el robo por medio de la violencia y se trate de persona que no haya sido condenada por vagancia y malvivencia o por delito contra la propiedad. Temor: Recelo de un futuro que alguien nos puede ocasionar. Hipnosis: Esta forma de inconciencia temporal también se considera un modo de incurrir en ausencia de conducta si en estado hipnótico se cometiere un delito. Según esta teoría, la causa del resultado será la que tenga eficacia preponderante. Se trata de seguir el criterio de la materia a que pertenece el Delito (ámbito de validez de la ley penal) y puede ser: Común: Es el emanado de las legislaturas locales. Se presumirá que actúa en legitima defensa quien de noche rechace un escalamiento o fractura de las cercas, paredes o entradas de su casas o departamento habitado o de sus dependencias interiores. Obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio de un derecho consignado en la ley; b). Esta forma de inconciencia temporal también se considera un modo de incurrir en ausencia de conducta si en estado hipnótico se cometiere un delito. Son responsables de los delitos todos los que tomen parte en su concepción, preparación o ejecución, así como los que inducen o compelen directa o indirectamente a otro a cometerlo. En base a su educación severa el crimen era un fenómeno poco común, ya que el castigo era severo. El Consentimiento: del lesionado no excluye el injusto en todos los hechos punibles. El homicidio. No es punible el aborto culposo causado por la mujer embarazada ni cuando el embarazo sea resultado de una violación. : por Ej. 10.2.2Diferenciar entre dolo directo, indirecto, determinado y eventual. En el delito de violación se requiere que se realice por medio de la violencia física o moral. Los menores de 18 años en nuestra legislación son considerados inimputables. Militar: Es el contemplado en la Legislación militar, o sea, afecta solo a los miembros del Ejercito Nacional. 3.1.4 Identificar a la Ley como única fuente del Derecho penal. Esta retroactividad solo es cuando es en perjuicio de alguien, por que si es en beneficio del inculpado o sentenciado, si se podrá aplicar la retroactividad. Clasificación de delincuentes. En ausencia de cualquiera de estos dos aspectos (Dolo y Culpa) la culpabilidad no se presenta y consecuentemente, sin esta, el delito no se integra. Fases del ITER CRIMINIS: Antes de producirse el resultado, en el sujeto activo surge la idea o concepción del delito. No es punible el aborto culposo causado por la mujer embarazada ni cuando el embarazo sea resultado de una violación. Autoría: Autor es quien de manera directa realiza la conducta típica, y puede ser material o intelectual. La Ley es una norma emanada del poder publico, general, abstracta y permanente, provista de una sanción y emanada del Estado. El Concepto Social de Acción, perteneciente a la corriente causalista, determina que la acción del sujeto no puede ser definida exclusivamente atendiendo a las leyes de la naturaleza, ámbito ajeno al Derecho Penal. Objeto material: Es la persona o cosa sobre la que recae directamente el daño causado por el delito cometido, cuando se trata de una persona se identifica como sujeto pasivo, de modo que en una misma figura coinciden el sujeto pasivo y el objeto material. Ven a la acción como un movimiento muscular o descanso físico, según se trate de acción u omisión respectivamente, desprovisto de contenido volitivo respecto del resultado; asi, se considera a la acción como un proceso causal extrajuridico, sin tomarse en cuenta en este concepto natural de acción, si el resultado es típico o no. Procesal Penal 4659. Prevención. A) Hipnotismo. Artículo 200. 308, segundo, La Ley puede fijar la fecha de iniciación de, Cuando no se dan las referencias temporales o, Si faltan los elementos subjetivos del injusto, Son objetivas, se refiere al hecho, recaen sobre la, El Peligro no debe haberlo ocasionado el agente. Sujeto Activo: Únicamente el hombre se encuentra provisto de capacidad y voluntad por la que con su acción u omisión infrinja el ordenamiento jurídico penal. En el momento de la comisión delictiva estaban bajo el efecto de un trastorno mental transitorio, el cual se caracteriza por lo pasajero y efímero, el proceso post- amnésico y, además, que no deja huella alguna, la labor del perito constituye un problema muy difícil y a veces de solución imposible, pues en la mayoría de los casos no se puede si no dar conclusiones de probabilidad. De cualquier manera, repetimos que el requisito de la relevancia Social, entendida como la necesidad de que la conducta trascienda de la esfera meramente individual del autor al de otro, es un requisito de la tipicidad penal de la conducta, pero no de la conducta, que es tal, aunque no trascienda a nadie. . Cuando se produce una consecuencia típica, por las circunstancias, condiciones, características, relaciones, parentesco, etc., de la persona, no puede esperarse y menos exigirse otro comportamiento. También llamada de la causalidad adecuada, consiste en afirmar que la causa del resultado será la mas adecuada o idónea para producirlo. Significa que en el ordenamiento legal no existe la descripción típica de una conducta determinada. Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integración se requiere la destrucción o alteración de la estructura o del funcionamiento del objeto material (homicidio, daño en propiedad ajena). I, incisos a, b, c, d, e. Excluyen de responsabilidad penal las causas de inimputabilidad, las de inculpabilidad y las de justificación. Articulo 13 frac. Ocultar al responsable de un delito o los efectos, instrumentos del mismo, cuando no se hiciere por interés bastardo, siempre que se trate de los ascendientes y descendientes consanguíneos, afines o adoptivos, del cónyuge, concubina o concubinario o parientes colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado, o por afinidad hasta el segundo y los que estén ligados con el delincuente por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad; y. e). La Criminalistica esta constituida por un conjunto de conocimientos heterogéneos encaminados al hallazgo de los delincuentes, al conocimiento del modus operandi del delito y al descubrimiento de las pruebas y de los procedimientos para utilizarlas. El error de derecho ocurre cuando el sujeto tiene una falsa concepción del derecho objetivo. Otras figuras relacionadas con el tema son el desistimiento y el delito imposible. Legitima defensa real contra la legitima defensa putativa. Se conoce como teoría de la conditio sine qua non, la cual señala que todas las condiciones (conductas) productoras del resultado son equivalentes y, por tanto, causa de este. Es inconcebible que un defensor público pueda hacer una defensa técnica eficiente en los procesos penales, si no tiene dominio de la teoría del delito; por ello, la enseñanza de esa porción del derecho penal debe ser una constante en la capacitación del defensor público . Del CPJ establece que los delitos pueden ser: La culpabilidad se puede presentar en dos formas: Dolo y CULPA. Punibilidad y su aspecto negativo. Ocasionalmente, el privado de la libertad por una sentencia pierde la razón, por lo que se requiere la intervención de especialistas en esta área. En consecuencia, el concepto de acción es predicable tanto para los delitos formales como de los materiales. Como el derecho penal es una ciencia normativa que pertenece al mundo del deber ser, no era posible, según los clásicos, emplear el método seguido por las ciencias naturales en el que las leyes son inflexibles, pues este terreno pertenece al mundo del ser (o sea, lo que es), independientemente de la voluntad del hombre. Una correcta interpretación gramatical llevara a entender por que el legislador empleo él termino asechanza y no el de acechanza (el primero significa usar artificios o engaños para causar perjuicio a alguien, mientras que acechanza significa vigilar, u observar cautelosamente). Culposos. El Código Penal para el Estado de Jalisco en el Articulo 13, fracción III. Privar la vida a alguien por no administrar un medicamento. También se conoce como método especulativo, lógico abstracto, teleológico o finalista. La acción es un acto humano determinante de una modificación del mundo exterior tenida en cuenta por el legislador para describirla y sancionarla con una pena y debe cumplir de ciertas condiciones. Antijuricidad y su aspecto negativo. El miedo obedece a causas psicológicas, el temor a causas materiales. Cuando sin emplear engaño o medios violentos, se apodere de los objetos estrictamente indispensables para satisfacer imperiosas necesidades personales o familiares del momento, y. cuando el valor de lo robado no exceda el importe de trescientos sesenta días de salario mínimo vigente. Artículos 74 y 75. El punto de partida de los problemas penales lo constituye el delito, que es una entidad meramente jurídica; así, importa mas lo objetivo que lo subjetivo. Imputabilidad y su aspecto negativo. 77 C. P. J. Perdón: Es la forma de extinción penal que concede el ofendido (victima) o su representante legal. Condición mas eficaz. En el parricidio, el elemento subjetivo consiste en que el delincuente conozca el parentesco que lo une con la victima. Formas de manifestación del delito. 12º. 10º. Articulo 41. Voluntad: Es el querer, por parte del sujeto activo, de cometer el delito. Algunos autores dicen que son requisitos de procedibilidad, y para otros son simples circunstancias o hechos adicionales, exigibles. En Principio, ninguna Ley se puede aplicar retroactivamente, o sea, ninguna Ley puede aplicarse respecto a un hecho ocurrido antes del surgimiento de la norma. Para que el consentimiento sea eficaz, se requiere que el titular objeto de la acción y el objeto de protección sean de la misma persona. Indeterminado: Consiste en la intención de delinquir de manera imprecisa, sin que el agente desee causar un delito determinado; por Ej. La culpa es el segundo grado de culpabilidad y ocurre cuando se causa un resultado típico sin intención de producirlo, pero se ocasiona por imprudencia o falta de cuidado o de precaución, cuando pudo ser previsible y evitable. Dentro de la sociedad las personas están inmersas a muchas situaciones, algunas de estas conllevan a cometer hechos ilícitos e involucrar a posibles víctimas, por fortuna nuestro marco penal nacional ha estado para que dichos actos ilícitos no se lleven a cabo y reciban la sanción correspondiente, el tráfico ilícito de migrantes no solo es considerado un acto delictivo . La Necesidad Racional del Medio Empleado: Operara parcialmente dicha excluyente, si no hubo necesidad racional del medio empleado en la defensa o si el daño que iba a causar el agresor era fácilmente reparable por otro medio o era notoriamente de poca importancia, comparado con el que causo la defensa. Objeto Jurídico: Es el bien jurídico que el acto delictivo lesiona o pone en peligro de ser lesionado, es el bien protegido por la norma jurídica. Según los causalistas de la Teoría naturalista de la acción, esta produce un resultado y es la causacion según las leyes de la naturaleza de causa efecto. Derecho administrativo: Diversos delitos acontecen en el Ámbito administrativo; esta rama del Derecho Publico Prevé la organización de diversos organismos que atañen al Derecho Penal. Personal: Es aplicable la Ley de la Nación a la que pertenezca el delincuente, con independencia del lugar de realización del delito. Operara parcialmente dicha excluyente. 2. En el robo, la cosa mueble ajena es el objeto material; en el despojo lo son el inmueble, las aguas o los derechos reales; y en el daño o propiedad ajena lo son los muebles o los inmuebles, indistintamente. Ej. La misma presunción favorecerá al que dañe a un intruso que se encontrare en la habitación propia o familiar, o de aquella persona a quien tenga obligación de defender, o en el lugar donde se encuentren sus bienes propios o ajenos que deba cuidar, siempre que la presencia del extraño ocurra de noche o en circunstancias que revelen la posibilidad de una agresión por el intruso. Y la expedición de los códigos penales fue lo mas sobresaliente: d) Código penal de 1931, vigente y aplicable en el D. F. En materia común, así como en toda la Republica en materia Federal. Responsabilidad Social. Esto tiene una relación estrecha con la imputabilidad; así, no puede ser culpable de un delito quien no es imputable. En el primer caso, el sujeto actúa finalmente en relación al homicidio (comete una acción de muerte); en el ultimo, la finalidad esta limitada a la conducta de limpiar la escopeta (se lleva a cabo una acción de limpieza, final irrelevante para el tipo, que por un descuido, causa el resultado típico).". : los pergaminos o códices en que se encuentran antiguas normas, o los bloques de piedra en que se hallan las disposiciones legales correspondientes. 4 De la Sociedad en General: Como los delitos contra la economía y la moral publica (corrupción de menores). Su legislación fue consuetudinaria. Ej. Derecho del Trabajo: Las relaciones laborales dan origen al surgimiento de diversos delitos, como fraude en materia de salarios, de asensos, plazas y prestaciones diversas, además de lesiones, homicidio, etc. La legítima defensa de la persona, honor, derechos o bienes del activo o de la persona, honor, derechos o bienes de otro, entendiéndose que se encuentra en tal hipótesis quien rechace una agresión actual, violenta e ilegítima que genere un peligro inminente. De lo particular a lo general. Robo por apoderamiento. Son delitos de conducta. Artículo 263. Especifico: es la intención de causar un daño con una especial voluntad que la propia norma exige en cada caso, de modo que deberá ser objeto de prueba. La Acción es un aspecto del delito y para la teoría causalista (precursor principal Franz Von Liszt), "es un comportamiento humano dependiente de la voluntad (voluntario), que produce una determinada consecuencia en el mundo exterior. La ausencia de tipo es la carencia del mismo. Y primer elemento para que exista el delito. Inimputabilidad: Es el aspecto negativo de la imputabilidad y consiste en la ausencia de capacidad para querer y entender en el ámbito del derecho penal. Puede ocurrir también una conducta típica resultante de obrar una persona en legitima defensa real contra otra que actúa en legitima defensa putativa. Federal: Es el emanado del Congreso de la Unión, en el que se ve afectado la Federación. Amnistía: Es un medio por el cual se extinguen tanto la acción penal como la pena, excepto la reparación del daño. La acción es un hecho previsto en la Ley Penal y dependiente de la voluntad humana. Es el peligro actual o inmediato para bienes jurídicamente protegidos que solo puede evitarse mediante la lesión de bienes también jurídicamente protegidos, pertenecientes a otra persona. Para Eusebio Gómez, en los delitos de omisión, las condiciones de que deriva su resultado reconocen, como causa determinante, la falta de observancia de parte del sujeto de un precepto obligatorio. La imputabilidad en estas personas no depende de la incapacidad para comprender la ilicitud de su comportamiento, pues la psicopatía no elimina esa capacidad de comprensión, si no de la imputabilidad de autodeterminarse libremente, el psicópata, solo puede actuar en la dirección que le traza su impulso anormal. Decomiso de los instrumentos y del producto del delito; XIII. Las penas principales fueron: la muerte causada por medio de la ahorcadura, la hoguera, el degüello, el descuartizamiento, el desollamiento, la esclavitud, los castigos infamantes, las corporales, el destierro y el encarcelamiento. La pena debe ser un castigo directamente proporcional al delito cometido, y previamente señalada en la ley(Carrara habla tanto de moderación de las penas, como de su humanización y seguridad). Y otros. Existe una legislación especial, que es el Código de Justicia Militar, en el cual se señalan los delitos y las penas correspondientes a los miembros del ejercito. B) Sueño. 50 de la LOPJE. Es propiamente la intención. 6º. En el ámbito penal precisamente radica en contrariar lo establecido a la norma jurídica. C. P. J. Teoría Causalista y Finalista de la Acción. Es cuando se causa un daño por mero accidente, sin intención ni imprudencia alguna, al realizar un hecho licito con todas las precauciones debidas.
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